PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Olvidó contabilizar un gasto?
Si al cerrar 2025 detecta que no contabilizó un gasto en un ejercicio anterior, aún puede hacerlo y deducirlo en Sociedades.
¿Cómo se contabiliza este gasto?
Se carga contra reservas, ya que como corresponde a un ejercicio anterior, no puede contabilizarse en la cuenta de pérdidas y ganancias.
¿Cómo se practica la deducción y qué requisitos se exigen?
Una vez contabilizado el gasto, si es fiscalmente deducible, hay que practicar un ajuste extracontable negativo del mismo importe.
Eso sí, recuerde que como se trata de un gasto contabilizado en un ejercicio posterior al de su devengo, sólo es posible la deducción si se cumplen estos requisitos:
✓ El gasto no corresponde a ejercicios prescritos, es decir, no han pasado más de 4 años desde su devengo. Así, en 2025 son deducibles los gastos de 2021 y años posteriores.
✓ La deducción no supone una tributación inferior a la que se derivaría de contabilizarse el gasto en el año correcto.
Nuestros profesionales resolverán las dudas que le puedan surgir y le ayudarán en su cierre fiscal y contable de 2025.CONTENIDO RELACIONADO
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Ha recibido una notificación de embargo de salario?
Si su empresa tiene que embargar una nómina, esto le interesa.
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Puedo periodificar las pagas extras de cara al cierre de cuentas?
Compruebe si puede periodificar las pagas devengadas y no pagadas, para no pagar de más en Sociedades.
-
PAÍS VASCO: ¿Puedo deducir los gastos por atenciones a clientes?
Sepa que estos gastos son deducibles en Sociedades si no superan determinados límites.
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.